El TSJA condena el infame ataque de Susana Díaz a Corrala
Utopía Por SHANGAY
LILY
Tanto los Servicios
Sociales del Ayuntamiento de Sevilla
(PP) como el Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía
han avalado la actuación de la Consejería de Fomento y Vivienda de Andalucía,
una de las tres que gestiona Izquierda Unida, en el realojo de la Corrala
Utopía. Los autos respaldan específicamente a Elena Cortés, la consejera que
fue difamada, vilipendiada y atacada desde el PP y PSOE nacional y a IU,
partido en el que se centró la sucia estrategia difamadora para poner en
entredicho su labor política.
Seguro
que a esta noticia no se le da la difusión que se le dio a la mentira
original interesadamente generada desde el PSOE andaluz (y rápidamente
amplificada desde el nacional) para acusar a la Consejería de Vivienda y a
Corrala Utopía de prevaricación. Fue un movimiento de Susana Díaz para
congraciarse con la banca ladrona a la que defiende y con la que acababa de
organizar un lameculos pacto semanas antes
fotografiándose con Botín. El mensaje que la nueva mesías neoliberal
manufacturada por el PSOE quería mandar era claro: no vamos a permitir que se
interrumpa el negocio corrupto inmobiliario de la banca desahuciando, robando y
estafando a los ciudadanos.
Desde
distintos medios intentamos denunciar la torticera manipulación del PSOE-PP que
cometía aquella ensalada de conceptos que mezclaba listas de espera para
viviendas de protección con personas en estado de exclusión social para
enfrentar a “pobres contra pobres”. Pero el PSOE con apoyo del PP se empeñó a
fondo en liar a la gente y hacer ver la magnífica y rompedora labor de IU en
Andalucía como un peligroso paso hacia “Venezuela, Cuba, China, Corea del Norte
y cualquier país que sea comunista aunque no lo sea”. Muchos se lanzaron
a hablar de legalidad y discriminación ignorando las pormenorizadas
explicaciones de IU detallando el impecable procedimiento. Se ignoró la
detallada explicación de las razones jurídicas, avales e informes que permitían
y recomendaban el realojo. Yo dediqué
una extensa entrada a explicar lo que Susana Diaz intentó manipular y negar sin
datos.
Ahora, el auto del TSJA da un varapalo
al PSOE y al Ayuntamiento de Sevilla, que cuestionaron la operación, y afirma
que la actuación fue “legal” y “no puede reputarse de prevaricadora”. Según el
TSJA, la consejería procedió “inducida por el mandado judicial de proveer lo
necesario para el realojo de familias con menores o en riesgo de exclusión
social” para “permitir un realojo transitorio en viviendas protegidas, sin
régimen de concurrencia, al tratarse de una circunstancia excepcional” y que su
actuación “no es sino el reflejo de una decisión política que se implementa a
través de resoluciones administrativas que no pueden reputarse de
prevaricadoras”.
1.
El Juzgado de Instrucción nº 3 de Sevilla dictó Auto de 25 de febrero de 2014
ordenando el desalojo del inmueble sito en la Avda Juventudes Musicales,
números 2,4 y 6 de Sevilla, estableciendo en su parte dispositiva que la
Consejería de Fomento y Vivienda, y la Consejería de Igualdad, Salud y
Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, así como la Delegación de Asuntos
Sociales del Ayuntamiento de Sevilla debían proveer lo necesario en el caso de
que en el edificio se encontraren menores y otras personas en riesgo de exclusión
social.
2.
Para el cumplimiento de lo acordado, la Dirección General de Vivienda de la
Junta de Andalucía celebró reuniones con el Ayuntamiento de Sevilla, en
presencia del Defensor del Pueblo Andaluz, creándose un grupo de trabajo
integrado por las tres instituciones. Dicho grupo de trabajo exploró diversas
posibilidades para el realojo transitorio de 22 familias con existencia de
menores o riesgo de exclusión social.
3.
Cuando las gestiones para dicho realojo estaban avanzadas, se produce el
desalojo forzoso del referido inmueble con fecha 6 de abril de 2014, y no se
encuentran nuevas soluciones de forma coordinada entre la Dirección
General de la Vivienda y el Ayuntamiento de Sevilla.
4.
En ese estado de cosas, se dicta con fecha 9 de abril de 2014 resolución por la
Dirección General de la Vivienda de la Consejería de Fomento y Vivienda de la
Junta de Andalucía en la que se acuerda “dar estricto cumplimiento al Auto de
fecha 25 de febrero de 2014 (…) y al quedar acreditada la existencia de menores
y familias en riesgo de exclusión social, se ordena el realojo transitorio
previsto en el artículo 12.5 del Decreto 14912006, de 25 de julio, de las
familias que se encuentren en dichas circunstancias en las viviendas del parque
público disponible para ello, así como mandatar a la Agencia de Vivienda y
Rehabilitación a que lleve a cabo las actuaciones necesarias para gestionar los
contratos de alquiler que fueran precisos para completar el proceso de realojo
transitorio”.
5.
Con la misma fecha se dictaron varias resoluciones por el Director de la
Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), por las que se
realoja de forma transitoria y provisional en régimen de precario mediante
cesión a determinadas familias de viviendas que son titularidad de dicha
Agencia. En tales resoluciones se precisa que “el plazo de la presente cesión
de la citada vivienda se extenderá por el mínimo imprescindible hasta que
por parte de la Consejería de Fomento y Vivienda pueda ofrecer otras soluciones
de carácter estable a la presente unidad familiar” .
Tal
modo de proceder, inducido por el mandato judicial de proveer lo necesario para
el realojo de familias con menores o en riesgo de exclusión social, y amparado
en un precepto legal que puede ser interpretado en el sentido en que lo hace la
resolución concernida (es decir, en el sentido de permitir un realojo
“transitorio” en viviendas protegidas, sin régimen de concurrencia, al tratarse
de una “circunstancia excepcional” ) no es sino el reflejo de una decisión
política que se implementa a través de resoluciones administrativas que no
pueden reputarse de prevaricadoras, por cuanto:
a)
no están inspiradas por una finalidad arbitraria o injusta, sino por la
necesidad de atender a una situación urgente, por mandato judicial;
b)
se dictan tras una actividad coordinada con otras administraciones e
instituciones (Ayuntamiento de Sevilla y Defensor del Pueblo Andaluz) de la que
no resultó una propuesta viable concreta cuando el desalojo físico de las
viviendas indebidamente ocupadas ya se había producido; y
c)
no carecen de cobertura jurídica, por encontrar amparo en alguna de las
interpretaciones posibles del artículo 12.5 del Decreto 149/2006,de 25 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas, dada la
amplitud de la expresión “otras circunstancias excepcionales” que se utiliza en
el precepto para justificar realojos transitorios sin régimen de concurrencia
con otros peticionarios.
En
consecuencia, la denuncia ha de ser archivada no sólo por no poder atribuirse a
persona aforada ante esta Sala, sino también por no existir ningún hecho que
remotamente pudiera tener alguna significación penal.
Como
explicó la ejemplar y admirada Elena Cortés tras enterarse
del auto: “El realojo de las familias de la corrala fue justo y legal, en
cumplimiento del auto judicial y de las leyes de la comunidad. Así que me
alegro por todas las familias que tienen derecho a la vivienda y que buscan en
la política respuestas y soluciones”.
Por
su parte, el coordinador de IU de Andalucía, el gran Antonio Maíllo, advirtió que “nunca más se podrá cuestionar sin pruebas ni
fundamentos la actuación” de su formación en el seno del Gobierno andaluz
después del respaldo del TSJA. Según Maíllo, su actuación fue “impecable,
orientada a la justicia social y siempre dentro de la legalidad”. “Ahora, sería
conveniente que haya gente que reconozca sus errores ante las familias”,
aseguró Maíllo, informa Europa Press, en alusión al PSOE y al Ayuntamiento de
Sevilla, gobernado por el PP.
En efecto. Susana Díaz, ¿por qué no explicas por qué
te lanzaste a ese feroz ataque sin datos y pides disculpas a IU por intentar
boicotear y difamar su excelente trabajo, su rompedora forma de crear
alternativas a este gobierno neoliberal que nos está robando, matando de hambre
y negando la sanidad, educación y vivienda?.
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